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La discriminación por edad
afecta tanto a jóvenes como a mayores. Según el informe publicado en 2012 con
motivo del Año Europeo del Envejecimiento Activo y la Solidaridad
Intergeneracional, un 15% de españoles
han sido testigos de discriminación por edad y un 6% lo ha sufrido “en sus
propias carnes”, tanto en el lugar de trabajo como al buscar un empleo.
1- Discriminación directa:
Tratar a alguien de forma distinta en razón de su edad (actual o percibida) o
en razón de la edad de las personas con las que se le asocia.
2- Discriminación indirecta:
Ocurre cuando existe una política, práctica o procedimiento que se aplica a
todos los trabajadores, pero que coloca en desventaja a una franja etaria
determinada. Por ejemplo, solicitar 10 años de experiencia en un sector
específico discrimina a los más jóvenes.
3- Acoso: cuando una conducta no
deseada relacionada con la edad tiene el propósito o resulta en la violación de
la dignidad individual o crea un entorno intimidatorio, hostil, degradante,
ofensivo o humillante para esa persona.
4- Victimización: tratamiento
injusto de un trabjador que ha cursado o apoyado una queja acerca de la
discriminación por razón de la edad.
El Libro Blanco de
Adecco “Es hora de gestionar la edad”
atribuye a la política estatal y al prejuicio cultural el origen
de la discriminación laboral por edad. Ese informe propone tomar medidas
legislativas que prohíban esta práctica y emprender campañas de
información y concienciación dirigidas a empresas.
Por
otro lado, el Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre “El
futuro del mercado de trabajo en Europa. En busca de una respuesta eficaz a las
tendencias demográficas” (julio 2011) resalta precisamente la
importancia de la necesaria coexistencia de trabajadores jóvenes y los de más edad:
“…mientras que, por término medio, la capacidad de aprendizaje de los jóvenes
es más flexible, los mayores aportan más experiencia”.
En este sentido, las empresas
deberían disponer de estrategias específicas para evitar la discriminación en
razón de la edad en las siguientes áreas:
-
Contratación y selección.
-
Determinación de las retribuciones.
-
Formación y desarrollo.
-
Promoción.
-
Procedimientos disciplinarios.
-
Prevención del acoso.
El principio de actuación es muy
simple:
“Valorar las capacidades y el
desempeño de cada trabajador en función de los requisitos requeridos para su
puesto de trabajo y no por otras circunstancias de carácter personal o
subjetivo, que poco o nada tienen que ver con su realización profesional.”
Algunos enlaces de interés
Empleo y envejecimiento en
el trabajo: datos de la V Encuesta Europea de Condiciones de Trabajo
CIPD
(2011) Managing age guide
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